jueves, 15 de noviembre de 2018

RECARGOS Y ACTUALIZACIONES DE CONTRIBUCIONES 5A ESPECIALIDAD CONTABILIDAD

Cómo Se Actualizan Las Cont... by on Scribd

INSTRUCCIONES: Leer el texto y elaborar un resumen el cual deberá entregar el día 20 de noviembre 2018 RUBRICA: Presentación (incluye escribir rúbrica) 20 % Ortografía y limpieza 10 % Comentario 10 % a más tardar 19 de noviembre 2018 Contenido 40 % Explicación al entregarlo 20 %

21 comentarios:

  1. En el documento anterior nos explica como actualizar las contribuciones, también nos muestra un ejemplo de como actualizar las contribuciones.
    Nos da una explicación breve de como calcular los recargos y nos dice que el plazo máximo para pagar es de 5 años pero nos dice que también puede ser de 10 años cuando el contribuyente cumpla con los requisitos que muestra ahí.



    MELINA FLORES CORDERO ...

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  2. Este documento nos explica a cerca de los recargos y actualizaciones de las contribuciones.Primero se realiza la actualización multiplicando la cantidad que adeuda por el factor, este se obtiene dividiendo el INPC del mes inmediato anterior al pago entre el INPC del mes inmediato anterior al que debiste pagar. En el caso de los recargos se aplica una tasa del 1.13% mensual. En todos los casos las cantidades resultantes tanto de Contribución ISR, actualización y recargos se redondea la cantidad, no se ponen números decimales. Los plazos para calcular los recargos y se pagarlos son de cinco años y el plazo será de 10 años cuando el contribuyente no haya cumplido con alguna de sus obligaciones fiscales.
    Me gusto mucho ya que nos muestra paso a paso el proceso para hacerlo.
    VEGA TOVAR CARLA GUADALUPE 5° "A"

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  3. En el documento nos refuerza lo que vimos en la clase anterior, explicándonos la actualización de las contribuciones y sus claros ejemplos, así mismo explica cómo calcular la cantidad a pagar por concepto de recargos.

    El límite máximo de años por los que se deben pagar los recargos es de cinco años, no obstante el plazo de diez años será cuando el contribuyente no esté inscrito al RFC y cumpla con los requisitos que se muestran.

    -Susana Lizeth Hernández Montelongo

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  4. La informacion nos da a conocer como actualizar las contribuciones, que nos explica paso a paso como es el proceso para la actualizacion y nos pone un ejemplo claro como se debe de hacer.
    Tambien nos dice el limite maximo de años por los que se deben pagar recargos el cual se calculan y tambien de 10 años cuando el contribuyente tenga los requisitos mencionados.

    -Andie Garcia Leon

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  5. En este documento podemos ver como es que se actualizan las contribuciones este se obtiene dividiendo el INPC del mes inmediato anterior al que pagaste entre el INPC del mes inmediato anterior al que se tuvo que pagar.
    Además se aplica una tasa del 1.13% mensual para los recargos.
    El límite de años a pagar los recargos es de 5 años y el plazo será de 10 años cuando el contribuyente no esté inscrito al RFC o no haya cumplido alguna obligación fiscal.

    -José de Jesús Lugo Cruz :v

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  6. En este documento nos muestra y explica como calcular los recargos y como actualizar las contribuciones
    También nos dice que el plazo máximo de años para pagar los recargos es de cinco años o de diez años para el contribuyente que no este inscrito al RFC y que cumpla con los requisitos correspondientes que se muestran aqui

    *Andrea Lizette Guadalupe Arellano

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  7. En el texto anterior se explica la forma de actualización de contribuciones y recargos por concepto de mora así como el límite máximo de 5 años y las excepciones para pagar a 10 años
    -Karen Elena

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  8. En el texto anterior se explica la forma de actualización de contribuciones y recargos por concepto de mora así como el límite máximo de 5 años y las excepciones para pagar a 10 años
    -Karen Elena

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  9. Nos explica acerca de los recargos y ademas da a conocer la forma en que debemos actualizar las contribuciones, estas se calculan dividiendo el INPC del mes inmediato anterior al que pagaste entre el INPC del mes inmediato anterior al que se tuvo que pagar.
    Para los recargos se aplica una tasa del 1.13% mensual.
    El límite de años Para pagar estos es de 5 años máximo y excepción para pagar a 10 años.
    Ariely morell

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  10. El documento nos da a conocer acerca de los Recargos y Actualizaciones de los contribuyentes.
    Ya que es un proceso de restituir el importe nominal de la contribución.
    Para el cálculo de la actualización de las contribuciones se debe aplicar el Factor de Actualización a las cantidades pendientes de pago, el Factor se obtiene de dividir el (INPC) del mes anterior al más reciente del periodo entre el (INPC) correspondiente al mes anterior al más antiguo de dicho periodo.
    En los Recargos se aplicará una Tasa del 1.13%.
    También nos menciona el límite máximo de años por los que se deben pagar los recargos en un plazo máximo de 5 años, pero también el plazo será de 10 años cuando el contribuyente no cumpla con sus obligaciones fiscales.

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  11. En el documento nos muestra paso a paso el como debemos calcular los recargos y actualizaciones de las contribuciones no pagadas a tiempo. Para ello debemos tomar en cuenta el monto original y el factor de actualización usando los INPC correspondientes para determinar la contribución actualizada y después la actualización aparte. Y determinar el porcentaje de recargos para obtener el concepto total de estos mismos. El total a pagar será la suma de el monto de la contribución, parte actualizada y la cantidad a pagar por concepto de recargo. Hay plazos para pagar recargos de 5 y 10 años.

    Atte: Andrea Alejandra Fernández Cruz.

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  12. El documento nos explica como se actualizan las contribuciones, para actualizar tenemos que dividir el mes anterior en el que se valla a pagar entre el mes anterior en el que debí pagar, de acuerdo al INPC. La tasa de recargos mensuales es de 1.13%.

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  13. Mediante este documento nos informa y explica la manera de realizar la actualización de las contribuciones y los recargos que se obtienen cuando los contribuyentes del régimen de arrendamiento no pagan a tiempo su declaración anual. De igual manera nos pone ejemplos claros para reforzar la información y la explicación que tuvimos en clase.
    Nos da a conocer el límite máximo por los que se deben de pagar recargos.

    -Cinthia Tovar Gaytán.

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  14. La actualización de constribuciones se determina mediante algunos pasos, primero se divide los INPC para optener el factor de actualización el cual después se multiplica por ISR por pagar y se optiene la contribución actualizada, para saber el importe de la parte actualizada se le resta la contribución sin actualizar a la contribución actualizada. Las tasas mensuales son de 1.13 la cual se debe sumar dependiendo los meses que se retrasó al pagar, después la suma de las tasas se multiplica por la contribución actualizada, los cual da los recargos. Para calcular el total a pagar se suma el ISR a pagar, el importe de la parte actualizada y los recargos.
    "Los recargos tienen un plazo de máximo de 5 años, también hay plazos de 10 años pero sólo es en caso de que el contribuyente no este escrito al RFC, no llevé contabilidad, etc."

    Pamela Laureno Santiago 5°A

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  15. El documento nos explica como se debe de calcular las contribuciones y los recargos.
    Se multiplica la cantidad utiliza por el porcentaje de recargos por acumulados en el período.

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  16. El Video anterior nos muestra los recargos y las actualizaciones de las contribuciones.Primero se realiza la actualización multiplicando la cantidad que adeuda por el factor, este se obtiene dividiendo el INPC del mes inmediato anterior al pago entre el INPC del mes inmediato anterior al que debiste pagar. En el caso de los recargos se aplica una tasa del 1.13% mensual.
    En este documento podemos ver como es que se actualizan las contribuciones este se obtiene dividiendo el INPC del mes inmediato anterior al que pagaste entre el INPC del mes inmediato anterior al que se tuvo que pagar.
    -Betty Sánchez

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  17. En este documento nos explica:

    Cómo se actualizan los contribuyente, primero se multiplica la cantidad que adeuda por el factor de actualización que corresponda al periodo de mora.

    Cómo se calculan los recargos, se multiplica la cantidad actualizada por el porcentaje de recargas por mora acumoacumulados en el periodo el cuál es 1.13%.
    En los dos casos anteriores las cantidades resultantes se redondean para realizar el pago.

    Cómo se calcula la cantidad total a pagar, la contribución de ISR que se adeuda más la parte actualizada más recargos es igual a la cantidad total a pagar.

    Nos muestra los plazos máximos a pagar los recargos.

    -Yahaira Estrella Copca Ledezma.

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  18. En el documento presentado se da a conocer la actualización de las contribuciones.
    Para empezar, tenemos que multiplicar la cantidad por el factor de actualización.
    Este factor se determina dividiendo INPC del mes anterior aquel en el que se valla a efectuar el pago entre el INPC del mes anterior aquel en el que debió efectuar el pago que es igual al factor de actualización.
    Esto nos da como resultado la contribución (ISR) actualizada.
    Si se le resta a la contribución actualizada a la contribución sin actualizar obtendremos el importe de la parte actualizada.
    Las cantidades resultantes se deben redondear para poder Aser el pago correspondiente.
    Si te llegas a demorar en el pago se debe un recargo este se determina sumando la tasa de recargos de cada mes desde el mes que debió pagar hasta el mes que se pagó si el día de pago de ase antes del 17 no se cuenta ese mes
    La tasa es del 1.13 %.
    Entonces de multiplica la cantidad actualizada por el porcentaje de recargos acumulados.
    Finalmente se debe calcular la cantidad que se debe de pagar sumando la parte sin actualizar mas la parte actualizada mas los recargos y esto es igual a la cantidad total a pagar siempre redondeando las cantidades.
    El límite máximo para pagar los recargos es de 5 años máximo y si no estas inscrito como un contribuyente legal es de 10 años pero aun así en los dos casos de siguen calculando los recargos y se acumulas hasta que se page la deuda.

    SANDRA ACOSTA LIENZO.

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  19. El documento anterior nos informa cómo se actualizan las contribuciones, podemos ver cómo paso a paso nos explica el procedimiento, ya sabemos que estás se calculan dividiendo el INPC del mes inmediato anterior al que pagaste entre el INPC del mes inmediato anterior al que se tuvo que pagar.
    Para los recargos se tiene que aplicar la tasa del 1.13% mensual.
    Tambien nos dice que el plazo máximo para pagar los recargos es de 5 años, pero si el contribuyente no esta inscrito al RFC o no ha cumplido alguna obligación fiscal son maximo 10 años.

    ~Fanny.

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  20. En el documento anterior nos muestra el como podemos actualizar las contribuciones mediante la multiplicación de lo que adeudan por el factor de actualización que corresponde al periodo de mora, nos dice que para sacar el factor debemos dividir el INPC del mes anterior entre el INPC en el que se debió efectuar el pago, nos muestra el límite de años en los que se puede pagar el recargo que son 5 o 10 años dependiendo del contribuyente.

    - Diana Yedith Rudiño Porras

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